Un juez civil rechazó un reclamo de la abogada mediática Ana Rosenfeld por honorarios por un millón de dólares y la condenó a pagar las costas del proceso, que trepan a casi 40 millones de pesos.
Rosenfeld inició la demanda por el cobro en setiembre de 2020 contra Carolina Cynthia Maneiro por una conflictiva situación familiar, con divorcio y división de bienes multimillonarios con su marido, el acaudalado empresario Jorge Raúl Cermesoni
Rosenfeld asumió la representación letrada de la mujer en 2012 "para intervenir en numerosos asuntos de familia, en virtud de la conflictiva que tenía con su cónyuge" con quien estaba "enfrentando un divorcio muy difícil, no solo por las cuestiones de familia involucradas, sino porque su marido era un hombre de fortuna que la canalizaba a través de sociedades argentinas, uruguayas, norteamericanas y panameñas". Las partes acordaron honorarios y una cláusula "para el supuesto de revocar el patrocinio" que inicialmente era de cien mil dólares y luego se actualizó a un millón, mediante un convenio privado
En marzo de 2016, Maneiro revocó el mandato de la abogada argumentando que "el convenio de honorarios y su addenda modificatoria ha sido propuesto con abuso de su calidad de asesora y de su profesión de abogada". Maneiro decidió prescindir de Rosenfeld "al tomar conocimiento -a posteriori del inicio de la relación- de sus antecedentes éticos y profesionales reprochados incluso por el Tribunal de disciplina del Colegio de Abogados de Capital Federal, y así se derivó la pérdida de confianza respecto de su ex defensora". Rosenfeld argumentó, al reclamar el millón de dólares, que "la revocación del mandato operó de forma intempestiva e incausada, de manera consecuente cobró virtualidad inmediata la cláusula y obligación dineraria asumida". A la hora de resolver, el juez en lo Civil número 106, Adrián Hagopián, hizo valer una cláusula de la Ley de Aranceles, que establece que "los asuntos o procesos previsionales, alimentarios y de familia, no podrán ser objeto de pactos"
"Aun cuando las partes quisieran celebrarlos, la ley lo prohíbe. (…) Para que la prohibición no opere debe referirse a un convenio de honorarios vinculado exclusivamente al proceso de liquidación de la sociedad conyugal, pero no cuando también es comprensivo de los correspondientes a asuntos alimentarios o de familia", sostuvo el juez. Así, declaró la "nulidad" del acuerdo por el que Rosenfeld reclamaba el millón de dólares, rechazó su demanda y la condenó a pagar los honorarios de los abogados de ambas partes
A los dos abogados de Maneiro les estipuló 14.933.000 pesos a cada uno, y al de la propia Rosenfeld, 10.124.574 pesos, lo que totaliza 39.990.574 pesos que deberá pagar la letrada. El fallo es apelable ante la Cámara en lo Civil y eventualmente también ante la Corte Suprema
NE/KDV NA
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